Factura Electrónica 3.3 NUEVA VERSIÓN CFDI

El uso de la nueva versión 3.3 para facturación será obligatorio a partir del 1º de diciembre de 2017. 

A continuación, presentamos las principales modificaciones en comparación a la versión anterior:

1. Tipos de comprobantes:

  • Ingreso: son los expedidos cuando un contribuyente tiene una venta
  • Egresos: cuando se trata de devoluciones, bonificaciones y descuentos
  • Traslado: utilizados para acreditar la propiedad de las mercancías en un traslado
  • Recepción de pagos: se emite en el momento en que un pago sea recibido
  • Nómina: son los generados por pagos realizados por conceptos de sueldos, salarios y asimilables.

2. Registro de impuestos:


Los registros de impuestos ya sea que se trate de una tasa o cuota, o de alguna exención, deberá especificarse en el concepto, así podrá apreciarse en cada uno los gravámenes específicos.

3. Uso del CFDI


Este indica que tipo de uso dará el receptor, para el cual existe un catálogo con claves según el uso.

4. Complemento de recepción de pagos


Este tipo de comprobante será emitido cuando se reciba un pago de una factura en parcialidades o de manera diferida, se trata de un mecanismo innovador el cual nos ayudará a identificar el efecto fiscal al pago. Cabe mencionar que cuando una factura sea pagada en una sola exhibición no será necesario emitir un complemento de recepción de pago.

5. Confirmación


El proveedor de certificación deberá confirmar el comprobante cuando los tipos de cambio sean demasiado bajos o altos en relación con el valor del mercado.

6. Clave del producto o servicio


En la nueva versión de factura en el campo de concepto se tendrá que registrar una clave que haga referencia al producto o servicio proporcionado, el SAT ha publicado un catalogo estandarizado internacionalmente en el cual trata de englobar "todos" los servicios y productos, así que ya no se hará como anteriormente que cada contribuyente anotaba la descripción que le parecía adecuada.

Conclusión

Es importante que cada contribuyente se acerque a su proveedor de facturas o a su contador de confianza para informarse sobre estos nuevos cambios y conocer de que manera vera afectada su situación fiscal y administrativa.

Comentarios