Reforma tributaria para 2022, algunos aspectos.
FOTO: INMOBILIARE
Es un ensalada que combina EFECTOS FISCALES AL PAGO, tanto para ingresos, como para egresos, vestigios del "RIF", así como topes de ingresos y de inversiones y Facilidades Administrativas.
Llama la atención las tasas del ISR que van del 1% al 2.5% sobre los ingresos, sin deducción alguna, como sobre la utilidad, así para personas físicas y morales, respectivamente. Cuando la ley establece en sus respectivos capítulos del 0% al 35% y 30%
También los porcientos máximos para deducción de inversiones con llevan beneficios fiscales para los contribuyentes personas morales. Por ejemplo, el mobiliario y equipo de oficina, que "tradicionalmente" manejaba el 10%, ahora será del 25%, el equipo de cómputo del 30% al 50%.
Topes: Ingresos no mayores a $35 millones personas morales, y $3 millones quinientos mil pesos personas físicas. Inversiones no mayores para su deducción, $3 millones por inversión.
Cabe señalar la retención por parte de las personas morales del 1.25% sobre los ingresos, antes del Iva, para las personas físicas que se encuentren en este nuevo régimen, siendo estas, personas físicas con actividad empresarial, por honorarios o arrendamiento.
En fin, esta reforma tributaria parece contener virtudes y beneficios para los contribuyentes, quienes hasta antes de este nuevo régimen y con excepción del conocido RIF, vivían ahorcados por los impuestos.
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