DEDUCCIONES PERSONALES DECLARACIÓN ANUAL
Las deducciones personales o adicionales son aquellas erogaciones que la ley permite deducir pero que no están relacionadas con la actividad que desarrolla el contribuyente para la obtención de ingresos. A partir del ejercicio 2015 se limita el monto total de las deducciones y no podrá exceder la cantidad que resulte menor entre cinco UMA elevada al año ($137,769.25) y el 15% de total de los ingresos del contribuyente. Honorarios médicos y dentales, gastos hospitalarios. Entendemos que se trata de servicios profesionales prestados, valga la redundancia, por profesionales de la medicina, es decir, solo se consideran deducibles los prestados por personas que posean un título médico o de cirujano dentista. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como gastos hospitalarios, serán deducibles siempre que se efectúen mediante cheque nominativo, transferencia electrónicas o mediante tarjetas de crédito, o débito. Existen otros tipo...